ley 18331

 



                                                                           Ley 18331






 la ley 18331 el el derecho a la protección de los Datos Personales es inherente a la persona humana, por lo que está comprendido en el Artículo 72 de la Constitución de la República.

Derecho Humano: Establece que el derecho a la protección de datos personales es inherente a la persona humana y está amparado por el artículo 72 de la Constitución de la República.

Ámbito de Aplicación: Se aplica a los datos personales registrados en cualquier soporte (público o privado) que permita su tratamiento y utilización.

Derechos del Titular: Reconoce y protege los derechos de las personas a controlar el uso que se hace de sus datos, incluyendo la posibilidad de solicitar su rectificación, actualización, inclusión o supresión si son erróneos, falsos, o si su tratamiento no es autorizado.

Acción de Habeas Data: Otorga a toda persona el derecho a interponer una acción judicial efectiva (Habeas Data) para conocer la información referida a su persona que conste en bases de datos, y en su caso, exigir su corrección o eliminación.

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